Esta instrucción técnica establece los requisitos generales de instalación y seguridad para los sistemas de almacenamiento de energía a través de baterías (BESS), lo que incluye tanto al sistema de baterías propiamente tal (BS) como los equipos electrónicos a los que éste se conecta (PCE) para la conversión de energía y suministro a otras partes de la instalación de consumo.

Las disposiciones de esta instrucción técnica son aplicables tanto para los BESS conectados a la red de distribución, con o sin inyección a la red, así como a instalaciones aisladas de la red.

En esta instrucción técnica se regulan los siguientes componentes del BESS:

a) BESS integrados ensamblados

b) BS ensamblados

c) BS no ensamblados

d) Inversores que gestionan el almacenamiento de energía a través de baterías para los sistemas indicados anteriormente en su interacción con el BS.

e) Controladores de carga en su interacción con el BS.

Esta instrucción no será aplicable a los BESS en los siguientes tipos de instalación:

a) Sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS) integrados ensamblados.

b) Sistemas de emergencia definidos en el Pliego Técnico RIC N°08 de esta Superintendencia.

c) Aplicaciones de telecomunicaciones.

d) Vehículos eléctricos.

e) Equipamiento portátil.

 

ÍNDICE

1. OBJETIVO

2. ALCANCE Y GENERALIDADES 

3. REFERENCIAS NORMATIVAS 

4. ABREVIACIONES Y DEFINICIONES 

5. DISPOSICIONES GENERALES 

6. CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS GENERALES DE LA INSTALACIÓN 

7. PELIGROS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO

8. UBICACIÓN DEL BESS 

9. REQUISITOS DEL RECINTO Y ESTRUCTURA DE SOPORTE 

10. CONDUCTORES Y CANALIZACIÓN 

11. EQUIPOS DE CONVERSIÓN DE ENERGÍA (PCE) 

12. SISTEMAS DE BATERÍAS 

13. PROTECCIONES ELÉCTRICAS 

14. PUESTA A TIERRA

15. ROTULACIÓN Y SEÑALIZACIÓN 

16. DOCUMENTACIÓN, INSPECCIÓN Y PUESTA EN MARCHA

 

Deja un comentario