Luis Peña
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Esta instrucción técnica establece los requisitos generales de instalación y seguridad para los sistemas de almacenamiento de energía a través de baterías (BESS), lo que incluye tanto al sistema de baterías propiamente tal (BS) como los equipos electrónicos a los que éste se conecta (PCE) para la conversión de energía y suministro a otras partes de la instalación de consumo.
Las disposiciones de esta instrucción técnica son aplicables tanto para los BESS conectados a la red de distribución, con o sin inyección a la red, así como a instalaciones aisladas de la red.
En esta instrucción técnica se regulan los siguientes componentes del BESS:
a) BESS integrados ensamblados
b) BS ensamblados
c) BS no ensamblados
d) Inversores que gestionan el almacenamiento de energía a través de baterías para los sistemas indicados anteriormente en su interacción con el BS.
e) Controladores de carga en su interacción con el BS.
Esta instrucción no será aplicable a los BESS en los siguientes tipos de instalación:
a) Sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS) integrados ensamblados.
b) Sistemas de emergencia definidos en el Pliego Técnico RIC N°08 de esta Superintendencia.
c) Aplicaciones de telecomunicaciones.
d) Vehículos eléctricos.
e) Equipamiento portátil.
ÍNDICE
1. OBJETIVO
2. ALCANCE Y GENERALIDADES
3. REFERENCIAS NORMATIVAS
4. ABREVIACIONES Y DEFINICIONES
5. DISPOSICIONES GENERALES
6. CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS GENERALES DE LA INSTALACIÓN
7. PELIGROS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO
8. UBICACIÓN DEL BESS
9. REQUISITOS DEL RECINTO Y ESTRUCTURA DE SOPORTE
10. CONDUCTORES Y CANALIZACIÓN
11. EQUIPOS DE CONVERSIÓN DE ENERGÍA (PCE)
12. SISTEMAS DE BATERÍAS
13. PROTECCIONES ELÉCTRICAS
14. PUESTA A TIERRA
15. ROTULACIÓN Y SEÑALIZACIÓN
16. DOCUMENTACIÓN, INSPECCIÓN Y PUESTA EN MARCHA